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2104006 - Retención judicial

Manual de Cuentas

Debe

Se carga cuando se paga Retencion judicial, se compensa contra anticipos/descuentos autorizados o se corrige una obligacion registrada en exceso.

En pasivos laborales, el cargo disminuye la deuda con trabajadores o instituciones.

Haber

Se abona cuando se devenga Retencion judicial por remuneraciones, cotizaciones, descuentos legales o beneficios al personal pendientes de pago.

El abono reconoce una obligacion laboral corriente.

Tratamiento NIC/IFRS

Norma: NIC 19 - Beneficios a los empleados

Retencion judicial se reconoce como pasivo cuando el trabajador presta servicios o cuando nace la obligacion legal/contractual. Se presenta como corriente si se espera liquidar dentro del ciclo normal o doce meses. Debe cuadrar con libro de remuneraciones, liquidaciones y declaraciones previsionales.

Referencia: IAS 19.8-11, IAS 1.69

Asientos tipo

Devengo Retencion judicial

Debe

  • 5102000: Gasto de remuneraciones/beneficio

Haber

  • 2104006: Retencion judicial por pagar

Pago Retencion judicial

Debe

  • 2104006: Retencion judicial pagada

Haber

  • 1101201: Banco - pago