Contabilidad · IFRS
NIC 12 - Impuesto a las Ganancias
Impuesto A Las Ganancias Impuesto Diferido Renta
Objetivo
Section titled “Objetivo”La NIC 12 prescribe el tratamiento contable del impuesto a las ganancias. Su foco es reconocer las consecuencias fiscales actuales y futuras de transacciones, saldos y otros sucesos reconocidos en los estados financieros.
En Jean d’Arc esta pagina sirve como guia para separar impuesto corriente, impuesto diferido, diferencias temporarias, recuperabilidad de activos por impuestos diferidos y revelaciones tributarias bajo IFRS.
Alcance de la Norma
Section titled “Alcance de la Norma”NIC 12 aplica a la contabilizacion de impuestos a las ganancias, incluyendo impuestos nacionales o extranjeros basados en ganancias imponibles, y retenciones que una subsidiaria, asociada o acuerdo conjunto paga al distribuir utilidades a la entidad que informa.
| Materia | Lectura de auditoria |
|---|---|
| Impuesto corriente | Monto por pagar o recuperar por la ganancia o perdida fiscal del periodo. |
| Impuesto diferido | Consecuencias fiscales futuras por recuperar activos o liquidar pasivos reconocidos. |
| Diferencias temporarias | Diferencias entre importe en libros y base fiscal de activos o pasivos. |
| Perdidas y creditos fiscales | Beneficios fiscales no utilizados cuya recuperabilidad debe evaluarse. |
| Presentacion y revelacion | Conciliaciones, tasas, importes, vencimientos e incertidumbres relevantes. |
Definiciones Clave
Section titled “Definiciones Clave”| Termino | Criterio |
|---|---|
| Ganancia contable | Resultado antes de gasto o ingreso por impuesto a las ganancias. |
| Ganancia fiscal | Ganancia o perdida determinada segun reglas fiscales sobre la que se paga o recupera impuesto. |
| Gasto por impuesto | Importe total reconocido por impuesto corriente e impuesto diferido. |
| Impuesto corriente | Impuesto por pagar o recuperar relativo a la ganancia o perdida fiscal del periodo. |
| Pasivo por impuesto diferido | Impuesto a pagar en periodos futuros por diferencias temporarias imponibles. |
| Activo por impuesto diferido | Impuesto a recuperar en periodos futuros por diferencias temporarias deducibles, perdidas fiscales o creditos no utilizados. |
| Base fiscal | Importe atribuido a un activo o pasivo para fines tributarios. |
Base Fiscal y Diferencias Temporarias
Section titled “Base Fiscal y Diferencias Temporarias”La base fiscal de un activo es el importe que sera deducible fiscalmente contra beneficios economicos imponibles cuando la entidad recupere el importe en libros del activo. La base fiscal de un pasivo es su importe en libros menos cualquier importe que sera deducible fiscalmente respecto de ese pasivo en periodos futuros.
| Diferencia | Efecto esperado |
|---|---|
| Importe en libros de activo mayor que base fiscal | Puede generar diferencia temporaria imponible y pasivo por impuesto diferido. |
| Importe en libros de activo menor que base fiscal | Puede generar diferencia temporaria deducible y activo por impuesto diferido. |
| Importe en libros de pasivo mayor que base fiscal | Puede generar diferencia temporaria deducible. |
| Importe en libros de pasivo menor que base fiscal | Puede generar diferencia temporaria imponible. |
Impuesto Corriente
Section titled “Impuesto Corriente”El impuesto corriente por el periodo actual y por periodos anteriores se reconoce como pasivo en la medida en que no haya sido pagado. Si el monto pagado excede el importe adeudado, se reconoce como activo.
| Situacion | Tratamiento |
|---|---|
| Impuesto por pagar del periodo | Reconocer pasivo corriente por impuesto a las ganancias. |
| Pago provisional o anticipo superior al impuesto | Reconocer activo por impuesto corriente o credito recuperable. |
| Recuperacion por perdida fiscal aplicada retroactivamente | Reconocer activo si la legislacion permite recuperar impuesto pagado. |
| Ajuste de periodos anteriores | Reconocer el efecto cuando se identifica, segun naturaleza y materialidad. |
El impuesto corriente se mide usando tasas y leyes fiscales aprobadas, o sustancialmente aprobadas, al final del periodo sobre el que se informa.
Impuesto Diferido
Section titled “Impuesto Diferido”El impuesto diferido refleja efectos fiscales futuros derivados de recuperar activos o liquidar pasivos reconocidos en el estado de situacion financiera.
| Elemento | Criterio |
|---|---|
| Diferencia temporaria imponible | Reconocer pasivo por impuesto diferido, salvo excepciones especificas. |
| Diferencia temporaria deducible | Reconocer activo por impuesto diferido si es probable que existan ganancias fiscales futuras contra las cuales usarla. |
| Perdidas fiscales no utilizadas | Reconocer activo por impuesto diferido solo si es probable su utilizacion futura. |
| Creditos fiscales no utilizados | Evaluar recuperabilidad, vencimiento y restricciones legales. |
Diferencias Temporarias Imponibles
Section titled “Diferencias Temporarias Imponibles”Las diferencias temporarias imponibles generan importes imponibles en periodos futuros cuando se recupere el activo o se liquide el pasivo relacionado.
| Ejemplo | Riesgo de revision |
|---|---|
| Depreciacion tributaria mas acelerada que depreciacion financiera | Menor base fiscal que importe en libros del activo. |
| Activos revaluados o medidos a valor razonable | Diferencia entre valor libro IFRS y base fiscal. |
| Ingresos reconocidos contablemente antes que tributariamente | Impuesto futuro cuando el ingreso sea gravado. |
| Costos capitalizados financieramente con tratamiento fiscal distinto | Diferencia en recuperacion futura del activo. |
Diferencias Temporarias Deducibles
Section titled “Diferencias Temporarias Deducibles”Las diferencias temporarias deducibles generan importes deducibles en periodos futuros cuando se recupere el activo o se liquide el pasivo.
| Ejemplo | Riesgo de revision |
|---|---|
| Provisiones reconocidas contablemente y deducibles al pago | Activo por impuesto diferido sujeto a recuperabilidad. |
| Deterioros contables no deducidos fiscalmente | Deduccion futura si la legislacion la permite. |
| Beneficios a empleados reconocidos por devengo | Deduccion fiscal en pago o cumplimiento. |
| Perdidas fiscales acumuladas | Requieren evidencia de ganancias fiscales futuras y control de vencimiento. |
Excepciones de Reconocimiento
Section titled “Excepciones de Reconocimiento”NIC 12 contiene excepciones limitadas al reconocimiento de impuestos diferidos. La revision debe documentar su aplicabilidad antes de omitir un activo o pasivo diferido.
| Excepcion | Criterio de control |
|---|---|
| Plusvalia surgida en combinacion de negocios | No se reconoce pasivo por impuesto diferido por el reconocimiento inicial de plusvalia en los casos cubiertos por la norma. |
| Reconocimiento inicial de activo o pasivo | Puede existir excepcion si la transaccion no es combinacion de negocios, no afecta resultado contable ni fiscal y no genera diferencias imponibles y deducibles iguales. |
| Inversiones en subsidiarias, sucursales, asociadas y acuerdos conjuntos | Evaluar control sobre la reversa y probabilidad de reversa en futuro previsible. |
| Reglas del Segundo Pilar | Aplicar la excepcion temporal y revelaciones especificas si la entidad esta afectada. |
Perdidas y Creditos Fiscales no Utilizados
Section titled “Perdidas y Creditos Fiscales no Utilizados”Las perdidas fiscales y creditos no utilizados generan activos por impuesto diferido solo si es probable que la entidad disponga de ganancias fiscales futuras contra las cuales utilizarlos.
| Evidencia | Revision esperada |
|---|---|
| Historial de utilidades fiscales | Soporta recuperabilidad si es consistente y suficiente. |
| Proyecciones tributarias | Deben ser razonables, aprobadas y conciliables con presupuestos. |
| Diferencias temporarias imponibles | Pueden generar ganancias fiscales futuras contra las cuales usar deducciones. |
| Vencimientos legales | Deben considerarse antes de reconocer el activo. |
| Historial de perdidas | Exige evidencia convincente adicional antes de reconocer. |
La recuperabilidad se reconsidera en cada cierre. Un activo no reconocido en periodos anteriores puede reconocerse si cambia la evidencia disponible.
Medicion
Section titled “Medicion”Los activos y pasivos por impuestos diferidos se miden usando las tasas fiscales que se espera aplicar en el periodo en que el activo se realice o el pasivo se liquide, con base en leyes aprobadas o sustancialmente aprobadas al cierre.
| Criterio | Tratamiento |
|---|---|
| Tasa aplicable | Usar tasa esperada para el periodo de realizacion o liquidacion. |
| Forma de recuperacion | Considerar si el activo se recupera por uso o por venta cuando la tasa o base fiscal difiere. |
| Activos y pasivos diferidos | No se descuentan a valor presente. |
| Revision de activos diferidos | Reducir si deja de ser probable recuperar todo o parte del beneficio. |
| Cambios de tasa | Reconocer efecto en el periodo de aprobacion o aprobacion sustantiva. |
Reconocimiento en Resultado, ORI o Patrimonio
Section titled “Reconocimiento en Resultado, ORI o Patrimonio”Los efectos fiscales se reconocen de forma consistente con la transaccion o suceso que los origina.
| Origen de la transaccion | Ubicacion del impuesto |
|---|---|
| Partida reconocida en resultado | Impuesto corriente o diferido en resultado. |
| Partida reconocida en otro resultado integral | Impuesto relacionado en otro resultado integral. |
| Partida reconocida directamente en patrimonio | Impuesto relacionado directamente en patrimonio. |
| Combinacion de negocios | Efectos fiscales dentro de la contabilizacion de la combinacion cuando corresponda. |
Presentacion
Section titled “Presentacion”Los activos y pasivos por impuestos corrientes se presentan separadamente de otros activos y pasivos. Los activos y pasivos por impuestos diferidos se distinguen de los corrientes.
| Presentacion | Criterio |
|---|---|
| Compensacion de impuesto corriente | Solo si existe derecho legal exigible y se pretende liquidar neto o realizar activo y liquidar pasivo simultaneamente. |
| Compensacion de impuesto diferido | Solo si existe derecho legal de compensar impuestos corrientes y los saldos corresponden a la misma autoridad fiscal y entidad imponible, o entidades que liquidaran neto. |
| Clasificacion | Los impuestos diferidos se presentan como no corrientes cuando el formato distingue corriente y no corriente. |
| Gasto por impuesto | Presentar gasto o ingreso por impuesto a las ganancias segun estructura de estado financiero aplicable. |
Revelaciones
Section titled “Revelaciones”NIC 12 exige revelar informacion suficiente para entender el gasto por impuesto, sus componentes y la relacion con la ganancia contable.
| Revelacion | Objetivo |
|---|---|
| Componentes del gasto por impuesto | Separar impuesto corriente, diferido, ajustes de periodos anteriores y cambios de tasas. |
| Conciliacion de tasa efectiva | Explicar relacion entre gasto por impuesto y ganancia contable. |
| Impuestos reconocidos fuera de resultado | Identificar importes en patrimonio u otro resultado integral. |
| Diferencias temporarias | Revelar saldos y movimientos relevantes de activos y pasivos diferidos. |
| Perdidas y creditos no utilizados | Informar importes, vencimientos y beneficios no reconocidos cuando corresponda. |
| Juicios y estimaciones | Explicar recuperabilidad de activos diferidos y posiciones fiscales relevantes. |
Relacion con Renta y Declaraciones
Section titled “Relacion con Renta y Declaraciones”NIC 12 no reemplaza la determinacion tributaria local. La norma toma los efectos fiscales de esa determinacion y los traduce a reconocimiento, medicion, presentacion y revelacion financiera.
| Proceso Jean d’Arc | Punto de control NIC 12 |
|---|---|
| Renta liquida imponible | Base para estimar impuesto corriente y conciliacion fiscal. |
| Registros empresariales | Soporte de bases fiscales, creditos, utilidades y restricciones. |
| Activo fijo | Diferencias por depreciacion financiera y tributaria. |
| Provisiones | Diferencias deducibles por gastos reconocidos antes de su deduccion fiscal. |
| Declaraciones mensuales y anuales | Pagos provisionales, creditos, impuestos por recuperar o pagar. |
| Estados financieros | Gasto por impuesto, activos y pasivos diferidos, notas y conciliaciones. |
Asientos Contables
Section titled “Asientos Contables”Los asientos exactos dependen del plan de cuentas del tenant, de la determinacion tributaria y de las cuentas aprobadas para impuesto corriente y diferido.
Flujo de Revision
Section titled “Flujo de Revision”-
Determinar impuesto corriente desde la ganancia o perdida fiscal del periodo y pagos o creditos aplicables.
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Comparar importe en libros IFRS y base fiscal de activos y pasivos materiales.
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Clasificar diferencias temporarias como imponibles o deducibles.
-
Evaluar excepciones de reconocimiento y documentar su aplicabilidad.
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Medir impuesto diferido con tasas aprobadas o sustancialmente aprobadas esperadas para la reversa.
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Evaluar recuperabilidad de activos por impuesto diferido, perdidas fiscales y creditos no utilizados.
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Presentar impuesto corriente y diferido, conciliaciones, movimientos y revelaciones requeridas.
Preguntas de Control
Section titled “Preguntas de Control”- El impuesto corriente esta conciliado con la determinacion fiscal del periodo.
- La base fiscal de activos y pasivos materiales esta documentada.
- Las diferencias temporarias estan clasificadas como imponibles o deducibles.
- Los activos por impuesto diferido tienen evidencia de recuperabilidad probable.
- Las perdidas fiscales y creditos no utilizados consideran vencimientos y restricciones.
- Los cambios de tasa fiscal se reconocen en el periodo correspondiente.
- Los efectos fiscales se reconocen en resultado, otro resultado integral o patrimonio de forma consistente con la partida base.
- Las notas explican tasa efectiva, componentes del gasto, saldos diferidos y juicios relevantes.