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3701271 - Impto. adic. bebidas analcohólicas con azúcar añadida 18% (Cód.SII 271)

Manual de Cuentas

Debe

Se carga cuando se devenga o paga Impuesto adicional bebidas analcoholicas con azucar Codigo SII 271, siempre que el desembolso corresponda al periodo y no cumpla criterios para capitalizarse como activo. Tambien se carga por ajustes de cierre, provisiones o documentos pendientes de recibir.

En cuentas de gasto, el cargo aumenta el resultado negativo del periodo.

Haber

Se abona cuando se reversa un gasto registrado en exceso, se recibe nota de credito, se reclasifica a otra cuenta mas especifica o se cierra contra resultado del ejercicio.

El abono disminuye el gasto acumulado o lo salda al cierre contable.

Tratamiento NIC/IFRS

Norma: NIC 1 - Otros impuestos; DL 825 Chile

Impuesto adicional bebidas analcoholicas con azucar Codigo SII 271 se reconoce por base devengada cuando el servicio, consumo o beneficio se recibe, independientemente de la fecha de pago. Si el desembolso genera beneficios futuros controlados por la entidad, debe evaluarse su capitalizacion como activo; si corresponde al consumo del periodo, se presenta como gasto por funcion.

Referencia: IAS 1.85, DL 825 Art. 42

Asientos tipo

Devengo Impuesto adicional bebidas analcoholicas con azucar Codigo SII 271

Debe

  • 3701271: Impuesto adicional bebidas analcoholicas con azucar Codigo SII 271 - devengo

Haber

  • 2103004: Cuenta por pagar/proveedor

Pago Impuesto adicional bebidas analcoholicas con azucar Codigo SII 271

Debe

  • 2103004: Cuenta por pagar - pago

Haber

  • 1101201: Banco - pago